CGT MAR Y PUERTOS SE OPONE AL PREACUERDO FIRMADO SOBRE PUERTOS DEL ESTADO

CGT Mar y Puertos ante el Preacuerdo alcanzado por los negociadores de Puertos del Estado y los Sindicatos UGT y CCOO, quiere dejar clara su total disconformidad, por los motivos siguientes:

  • El presente Convenio carece de subidas sustanciales en las remuneraciones de los trabajadores/as, no reflejando ni la realidad económica del Sistema Portuario Estatal, ni lo más importante, reconociendo el enorme esfuerzo económico realizado durante estos años por los trabajadores/as de Puertos del Estado y Autoridades Portuarias con la detracción del 5% de todos los conceptos de su salario. Detracción que entendemos debe ser recuperada de la misma manera que se quitó, y que no es otra que la exención en la aplicación del R.D.L. 8/2010, de 20 de mayo, por la que se adoptan medidas extraordinarias para la reducción del déficit público, no mediante la negociación colectiva, y mucho menos en base a unas subidas ya acordadas para todo el sector público.
  • La Disposición Final del III Convenio sigue dejando abierta la puerta abierta a la gestión indirecta (privatización) de servicios, circunstancia esta que ha llevado a una notable pérdida de empleo público -de calidad y eficacia- en beneficio de intereses privados.
  • La demostrada ineficacia de la Gestión por Competencias, sumada al injustificado desequilibrio salarial (avalado por numerosas sentencias judiciales) que implica que actualmente dos trabajadores que realicen las mismas funciones puedan cobrar hasta ocho salarios distintos, pretende ser aumentada hasta dieciséis con el nuevo convenio -ahondando aún más en este desequilibrio-. Es por ello, que abogamos por una propuesta de clasificación profesional basada en el sistema establecido en el EBEP (en función de la Titulación [MECES -Marco Europeo de Cualificaciones de la Educación Superior o del Catálogo de Cualificaciones Profesionales del actual Sistema Educativo Español] para el acceso se conforman los distintos grupos que fija el art. 76) y el art. 22 del Estatuto de los Trabajadores, que establece la clasificación profesional por grupos y no por categorías.
  • El pretendido Convenio atenta, además, contra la LIBERTAD SINDICAL, permitiendo únicamente formar parte de las Comisiones Locales a los sindicatos firmantes, independientemente de los resultados electorales, no respetando así, la voluntad de los trabajadores/as. Además de excluir a los representantes del mismo en la designación de los miembros de los Tribunales de Oposiciones, como hasta ahora se venía desarrollando.
  • La duración del Convenio entendemos también que es excesivamente larga, ya que el beneficio para los trabajadores es mínimo, máxime teniendo en cuenta los antecedentes del que se pretende renovar que data de 2004.

Por todo ello, manifestamos la inoportunidad de aprobar definitivamente este Convenio, reservándonos en el caso de su aprobación la posibilidad de emprender las medidas legales oportunas, así como adoptar movilizaciones para demostrar nuestra desaprobación con este acuerdo que entendemos perjudicaría gravemente a todos/as los/as trabajadores/as de las Autoridades Portuarias y de Puertos del Estado.

Secretariado Permanente

CGT Mar y Puertos